A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 10 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda Oral y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra de Colpensiones, pretendiendo la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales se certificó una deuda por aportes en mora y se ordenó su cobro.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 710/21 y estableció que la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral era la llamada a resolver el asunto mencionado, en la medida en que el demandante se había desempeñado como trabajador particular y pretendía controvertir los actos administrativos a través de los cuales Colpensiones había decidido sobre su derecho a la seguridad social, conforme a lo establecido en la cláusula general de competencia contenida en el artículo 2 del CPTSS.
Con base en lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado 1 Laboral de Bogotá, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique la presente actuación al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción que se suscitó entre Juzgado 10 Administrativo de Bogotá -Sección Segunda Oral- y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 1 Laboral de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por el señor Orlando José Dueñas Pinto contra Colpensiones.
- Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-163 al Juzgado 1 Laboral de Bogotá para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique la presente actuación al Juzgado 10 Administrativo de Bogotá -Sección Segunda Oral- y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.