Micelio
Auto25 de enero de 2022

A- de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Tema · dato duro
Conflictos Sobre Sistema De Seguridad Social Integral De Trabajadores Oficiales, Independientes O Del Sector Privado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 10 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda Oral y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra de Colpensiones, pretendiendo la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales se certificó una deuda por aportes en mora y se ordenó su cobro.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 710/21 y estableció que la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral era la llamada a resolver el asunto mencionado, en la medida en que el demandante se había desempeñado como trabajador particular y pretendía controvertir los actos administrativos a través de los cuales Colpensiones había decidido sobre su derecho a la seguridad social, conforme a lo establecido en la cláusula general de competencia contenida en el artículo 2 del CPTSS.

Con base en lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado 1 Laboral de Bogotá, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique la presente actuación al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción que se suscitó entre Juzgado 10 Administrativo de Bogotá -Sección Segunda Oral- y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 1 Laboral de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por el señor Orlando José Dueñas Pinto contra Colpensiones.
  2. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-163 al Juzgado 1 Laboral de Bogotá para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique la presente actuación al Juzgado 10 Administrativo de Bogotá -Sección Segunda Oral- y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.